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Varapalo judicial a la Mancomunidad de las Hurdes: El TSJEx declara nulos los despidos del Programa de Familia

noviembre 21, 2025
Varapalo judicial a la Mancomunidad de las Hurdes: El TSJEx declara nulos los despidos del Programa de Familia

Varapalo judicial a la Mancomunidad de las Hurdes: El TSJEx declara nulos los despidos del Programa de Familia

Sentencia histórica en Las Hurdes: El TSJEx declara nulos los despidos del Programa de Familia, obliga a la readmisión inmediata y condena a la Mancomunidad.

La justicia ha dictado sentencia y el fallo resuena con fuerza en toda la comarca. El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha dado la razón a Comisiones Obreras (CCOO), declarando nulos los despidos de los dos trabajadores del Programa de Atención a las Familias (PAF) de la Mancomunidad de las Hurdes.

Esta decisión judicial no solo supone una victoria para los derechos laborales en el entorno rural, sino que constituye un severo correctivo a la gestión administrativa de la entidad mancomunada, obligándola a rectificar una decisión que generó una profunda controversia social a finales de 2024.

Un despido nulo, no improcedente: ¿Qué significa esto?

La sentencia va más allá de considerar el despido como «improcedente». Al calificarlo de nulo, el Tribunal reconoce que se han vulnerado derechos fundamentales de los trabajadores. La consecuencia directa es la readmisión inmediata de la educadora social y el psicólogo afectados, quienes deberán recuperar sus puestos de trabajo en las mismas condiciones que tenían antes del cese.

Además de la reincorporación, la Mancomunidad de las Hurdes ha sido condenada a:

  • El abono de los salarios de tramitación (los sueldos dejados de percibir desde el despido el 31 de diciembre de 2024 hasta la fecha).
  • El pago de una indemnización por daños y perjuicios, reconociendo el impacto personal y profesional sufrido por la plantilla.

Hablamos de dos profesionales con más de 15 años de servicio en la comarca, cuya labor fue interrumpida abruptamente pese a ser un pilar fundamental para el bienestar social de la zona.

Represalias y falta de estabilización: Los motivos del fallo

El recurso presentado por la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO argumentaba que los despidos no respondían a causas organizativas objetivas, sino que actuaron como una represalia ante las reivindicaciones legítimas de los trabajadores. El TSJEx ha avalado esta tesis.

Según se desprende de los hechos probados, el conflicto tiene dos raíces profundas:

  1. Reclamación de derechos: Los trabajadores habían acudido previamente a la justicia para exigir el reconocimiento de su categoría profesional real y las retribuciones correspondientes según convenio.
  2. Fraude de ley en la temporalidad: Las plazas ocupadas por estos profesionales deberían haber sido incluidas en los procesos de estabilización marcados por la Ley 20/2021, diseñada para reducir la precariedad en el empleo público. La Mancomunidad, lejos de estabilizar, optó por la extinción de los contratos.

La sentencia pone de manifiesto que la decisión de la Mancomunidad de no continuar con el programa, a pesar de ser una competencia financiada por la Junta de Extremadura, fue una maniobra reactiva ante las demandas de la plantilla.

El impacto social en Las Hurdes y la «España Vaciada»

Este conflicto laboral trasciende lo administrativo. El cierre unilateral del Programa de Familia a finales de 2024 provocó una oleada de indignación en la comarca, con manifestaciones de vecinos en Vegas de Coria exigiendo el mantenimiento de un servicio vital para la población vulnerable.

El Programa de Atención a Familias no es un lujo, sino una necesidad imperiosa en territorios rurales como Las Hurdes, donde el acceso a recursos psicosociales es limitado. La interrupción de este servicio dejó a numerosas familias sin el acompañamiento necesario en situaciones de riesgo y exclusión social.

Con esta sentencia, se abre la puerta no solo al retorno de los profesionales, sino a la recuperación de un servicio público esencial que nunca debió desaparecer.

Análisis: La protección del empleo público como garantía de futuro

El fallo del TSJEx envía un mensaje contundente a las administraciones locales: la gestión de los servicios públicos no puede hacerse de espaldas a la legalidad vigente ni usarse como herramienta de castigo. En una comarca que lucha constantemente contra la despoblación, la estabilidad de los empleados públicos es sinónimo de calidad en la atención al ciudadano.

La Mancomunidad de las Hurdes se enfrenta ahora al reto de cumplir la sentencia y, más importante aún, de reconstruir la confianza con sus trabajadores y con los vecinos. La vuelta de estos profesionales es una buena noticia, pero también un recordatorio de que, en el ámbito rural, defender los servicios públicos es la única vía para garantizar el futuro de nuestros pueblos.

A fecha de hoy (21 de noviembre de 2025), la Mancomunidad de las Hurdes no ha emitido todavía ningún comunicado oficial público en respuesta a la sentencia.

Varapalo judicial a la Mancomunidad de las Hurdes: El TSJEx declara nulos los despidos del Programa de Familia

Infografía: Sentencia Clave en Las Hurdes

SENTENCIA EN LAS HURDES: Un Análisis Visual

Fallo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura

NULO

El TSJEx declara nulos los despidos del Programa de Familia de la Mancomunidad de las Hurdes.

Una sentencia histórica que reconoce la vulneración de derechos fundamentales y obliga a la readmisión inmediata de los dos profesionales afectados.

Los Profesionales Afectados

La sentencia afecta a dos pilares del Programa de Familia, cuya labor fue interrumpida tras más de una década y media de servicio a la comarca.

Años de Servicio Acumulados

Cronología de un Conflicto

Finales de 2024

Protestas vecinales en Vegas de Coria contra el cierre unilateral del Programa de Familia por parte de la Mancomunidad.

31 de Diciembre de 2024

La Mancomunidad ejecuta el despido de la educadora social y el psicólogo del programa.

21 de Noviembre de 2025

El TSJEx declara los despidos NULOS, dando la razón al sindicato CCOO y a los trabajadores.

¿Por qué se ha declarado Nulo?

El tribunal no consideró el despido como una simple irregularidad, sino como una vulneración de derechos. La sentencia se fundamenta en dos raíces profundas:

1. Represalia

El fallo avala la tesis de que el despido fue una represalia directa contra los trabajadores por sus reclamaciones judiciales previas, donde pedían el reconocimiento de su categoría profesional y las retribuciones correspondientes.

2. Fraude de Ley

La Mancomunidad eludió su obligación de incluir estas plazas en los procesos de estabilización de la Ley 20/2021, optando por la extinción de los contratos para evitar la fijeza de la plantilla.

Reclamaciones Legales
Acción de la Mancomunidad
(Cierre y Despido)
Fallo del TSJEx
(Nulidad por Represalia)

Consecuencias para la Mancomunidad

La sentencia de nulidad implica un coste significativo para la entidad y la restitución total de los derechos de los trabajadores.

Componentes Clave de la Sentencia

La Imagen Completa: Más que un Conflicto Laboral

Este caso trasciende lo judicial. Pone de manifiesto la tensión que sufren los servicios públicos esenciales en la «España Vaciada».

«En una comarca que lucha contra la despoblación, la estabilidad de los empleados públicos es sinónimo de calidad en la atención al ciudadano.»

La interrupción del Programa de Familia dejó a personas vulnerables sin un recurso psicosocial vital. La sentencia abre la puerta a su recuperación, recordando que defender los servicios públicos es garantizar el futuro de las zonas rurales.

Infografía generada a partir de datos públicos sobre la sentencia del TSJEx de 21 de noviembre de 2025.

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